LICENCIA PARA TRABAJADORES PROGRAMADOS PARA LA VACUNACIÓN
Se publicó la Ley 31334, mediante la cual se CONCEDE EL DERECHO A LICENCIA A TRABAJADORES EN EL DÍA PROGRAMADO PARA SU VACUNACIÓN CONTRA EL COVID-19, sea del sector público o del sector privado.
- Las principales disposiciones son las siguientes:
- La licencia por vacunación es otorgada hasta por cuatro horas en el día programado para la vacunación, con goce de haber.
- La licencia será comunicada al empleador y tramitada por el área de recursos humanos del centro laboral, o el que haga sus veces, por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación.
- De existir una situación excepcional por la cual el centro de vacunación no se encuentre operando el día de la licencia, se podrá volver a solicitar la licencia conforme a lo establecido en el párrafo anterior.
- La vigencia es desde el siguiente día de su publicación.
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