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octubre 21, 2020

Conoce los requisitos para acceder a la reprogramación y congelamiento de deudas y al Programa de Garantías COVID-19

El 8 de octubre de 2020 se publicó la Ley N° 31050, mediante la cual se establecen medidas extraordinarias de reprogramación de pagos como consecuencia del impacto económico generado por el COVID-19 y se crea el Programa de Garantías COVID-19 (en adelante, el Programa).

Asimismo, el 17 de octubre de 2020, se publicó la Resolución Ministerial

N° 296-2020-EF/15, mediante la cual se aprobó el Reglamento Operativo del Programa que tiene por objeto regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias necesarias para la implementación del Programa.

A continuación, detallamos los requisitos para la reprogramación de los pagos de créditos:

  1. Beneficiarios

    El beneficio alcanza a:

    1.1. Personas naturales y MYPES afectadas económicamente por el estado de emergencia nacional declarado por el COVID-19.

    1.2. Haber registrado al 29 de febrero de 2020 una calificación de riesgo normal o con problemas potenciales en: (i) créditos de consumo, (ii) créditos personales, (iii) créditos hipotecarios para vivienda, (iv) créditos vehiculares o (v) créditos MYPES.

    El acogimiento al Programa no generará a los beneficiarios el deterioro de su calificación crediticia.
  1. Plazo de reprogramación de deudas

    El plazo mínimo de crédito reprogramado es de 6 meses, no pudiendo ser mayor a 36 meses, incluyendo el periodo de gracia.
  1. Requisitos para acogerse al Programa

    Las garantías del programa solo cubren las deudas en la moneda de origen del préstamo, que cumplan con lo siguiente:
  1. Otras exclusiones:

    Además de las exclusiones por tipo de créditos que se detallan en el Cuadro 1, el Programa también contempla otras exclusiones para las MYPES con deudas tributarias; las Personas naturales o jurídicas vinculadas a casos de corrupción; inhabilitadas por el OSCE; personas que ocupen cargos públicos especiales, entre otros.
  1. Vigencia del Programa:

    El Programa tiene una vigencia de 4 años, contados a partir de la suscripción del respectivo contrato. Dicho plazo incluye el plazo de liquidación del mencionado programa.

  • By : LegalGo Servicios Legales
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