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octubre 27, 2020

Se aprobaron medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras – DS 010-2020-IN

El jueves 22 de octubre de 2020, se público el Decreto Supremo 010-2020-IN, mediante el cual se aprobaron medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras.

Dicha norma regula los siguientes supuestos:

  1. Los extranjeros cuyo plazo de permanencia, otorgado por la autoridad migratoria, se encuentre vencido.
  2. Los extranjeros que han ingresado al territorio nacional de manera irregular al no haber realizado el debido control migratorio.

Al respecto, detallamos las principales disposiciones emitidas por el Decreto Supremo:

  • De acuerdo al procedimiento de regularización, MIGRACIONES emitirĆ” el CarnĆ© de Permiso Temporal de Permanencia – CPP, con vigencia de un (1) aƱo calendario. Su otorgamiento acredita la situación migratoria regular en el paĆ­s, habilitando a la persona extranjera beneficiaria a desarrollar actividades en el marco de la legislación peruana. Antes del vencimiento del CPP, el titular debe optar por una de las calidades migratorias establecidas en la normativa migratoria vigente.
  • En la referida norma se detallan los requisitos documentales a presentarse para obtener el CPP. Cabe precisar, que la norma tambiĆ©n establece requisitos y procedimientos para personas con discapacidad y menores de edad.
  • La solicitud del CPP deviene en un procedimiento administrativo de evaluación previa, el mismo que debe resolverse en un plazo mĆ”ximo de treinta (30) dĆ­as hĆ”biles, estando sujeto a silencio administrativo negativo.
  • En caso se deniegue la solicitud de regularización migratoria y quede firme el acto administrativo, MIGRACIONES emite una Orden de Salida para que la persona extranjera proceda a abandonar el territorio nacional.
  • El plazo para presentar la solicitud de regularización migratoria es de ciento ochenta (180) dĆ­as calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, Las personas que incumplan este plazo, se les aplicarĆ” el procedimiento administrativo sancionador contemplado en el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones y su Reglamento.
  • El procedimiento de regularización migratoria es de fiscalización posterior, por lo que MIGRACIONES puede verificar la autenticidad y veracidad de las declaraciones, documentación, información y traducciones que fueron presentadas como sustento del trĆ”mite por quienes hayan promovido el procedimiento.
  • Por Ćŗltimo, en caso se detecte que el titular presentó documentación falsa, serĆ” expulsado del paĆ­s, declarĆ”ndose nulo el acto administrativo que aprueba la regularización.

  • By : Kelly Rosales
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