Se aprobaron medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras – DS 010-2020-IN
El jueves 22 de octubre de 2020, se público el Decreto Supremo 010-2020-IN, mediante el cual se aprobaron medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras.
Dicha norma regula los siguientes supuestos:
- Los extranjeros cuyo plazo de permanencia, otorgado por la autoridad migratoria, se encuentre vencido.
- Los extranjeros que han ingresado al territorio nacional de manera irregular al no haber realizado el debido control migratorio.
Al respecto, detallamos las principales disposiciones emitidas por el Decreto Supremo:
- De acuerdo al procedimiento de regularización, MIGRACIONES emitirĆ” el CarnĆ© de Permiso Temporal de Permanencia – CPP, con vigencia de un (1) aƱo calendario. Su otorgamiento acredita la situación migratoria regular en el paĆs, habilitando a la persona extranjera beneficiaria a desarrollar actividades en el marco de la legislación peruana. Antes del vencimiento del CPP, el titular debe optar por una de las calidades migratorias establecidas en la normativa migratoria vigente.
- En la referida norma se detallan los requisitos documentales a presentarse para obtener el CPP. Cabe precisar, que la norma tambiƩn establece requisitos y procedimientos para personas con discapacidad y menores de edad.
- La solicitud del CPP deviene en un procedimiento administrativo de evaluación previa, el mismo que debe resolverse en un plazo mĆ”ximo de treinta (30) dĆas hĆ”biles, estando sujeto a silencio administrativo negativo.
- En caso se deniegue la solicitud de regularización migratoria y quede firme el acto administrativo, MIGRACIONES emite una Orden de Salida para que la persona extranjera proceda a abandonar el territorio nacional.
- El plazo para presentar la solicitud de regularización migratoria es de ciento ochenta (180) dĆas calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, Las personas que incumplan este plazo, se les aplicarĆ” el procedimiento administrativo sancionador contemplado en el Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones y su Reglamento.
- El procedimiento de regularización migratoria es de fiscalización posterior, por lo que MIGRACIONES puede verificar la autenticidad y veracidad de las declaraciones, documentación, información y traducciones que fueron presentadas como sustento del trÔmite por quienes hayan promovido el procedimiento.
- Por Ćŗltimo, en caso se detecte que el titular presentó documentación falsa, serĆ” expulsado del paĆs, declarĆ”ndose nulo el acto administrativo que aprueba la regularización.
- By : Kelly Rosales
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